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México avanzó en la armonización de sus reglas de propiedad intelectual con los estándares internacionales…

México avanzó en la armonización de sus reglas de propiedad intelectual con los estándares internacionales y los compromisos comerciales del TMEC, con una reforma que establece…

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México avanzó en la armonización de sus reglas de propiedad intelectual con los estándares internacionales…

México avanzó en la armonización de sus reglas de propiedad intelectual con los estándares internacionales y los compromisos comerciales del TMEC, con una reforma que establece cuándo los proveedores de servicios de internet pueden ser responsables por infracciones a los derechos de autor cometidas por sus usuarios.

La Cámara de Diputados - H. Congreso de la Unión discutió el 7 de octubre el dictamen que reforma el artículo 114 Octies y adiciona los artículos 114 Nonies y 232 Septies de la Ley Federal del Derecho de Autor, para definir las condiciones de responsabilidad secundaria de los intermediarios digitales.

La diputada federal de Morena por el Distrito 6 de Tamaulipas, Blanca Narro Panameño, sostuvo que la actualización del marco jurídico responde a la necesidad de que México opere bajo reglas compatibles con las exigencias internacionales en materia de comercio y protección de la propiedad intelectual.

“México necesita reglas claras y compatibles con sus compromisos comerciales. La protección de los derechos de autor es parte de los estándares que permiten competir, crear e intercambiar contenidos en un entorno digital global”, planteó Blanca Narro Panameño, legisladora por Altamira

La reforma establece que los proveedores deberán contar con políticas públicas para atender a usuarios reincidentes, incorporarlas a sus términos y condiciones y disponer de mecanismos de notificación. El incumplimiento de esas condiciones, combinado con determinados supuestos de participación, conocimiento, control o beneficio financiero directo, podrá generar responsabilidad legal.

El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial podrá imponer multas de 500 a 40 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA) en los casos previstos por la ley. Si la conducta infractora persiste, se contempla una sanción adicional de 100 a 500 UMA.

Narro Panameño señaló, que el objetivo es dar certeza a creadores y empresas sin convertir a los proveedores de internet en vigilantes generales de lo que circula en la red.

“Armonizar nuestra legislación con los compromisos internacionales no significa abrir la puerta a la censura ni responsabilizar automáticamente a las plataformas. Significa establecer condiciones precisas para proteger a quienes crean y, al mismo tiempo, preservar la libertad de expresión y el acceso legítimo a la información”, indicó, la maestra Narro Panameño.

El dictamen también invoca compromisos internacionales, entre ellos el Convenio de Berna y el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC), con el propósito de fortalecer la protección de las obras literarias, artísticas, científicas y culturales.

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